El presidente de la Federación de Béisbol de Puerto Rico (FBPR), Dr. José Daniel Quiles Rosas, emitió una orden ejecutiva el viernes para limitar los lanzamientos en la Liga de Béisbol Doble A Juvenil.
Se estableció que los días de descanso de los lanzadores dependerá de los lanzamientos que realicen durante los juegos.
“Esta nueva medida garantiza que los lanzadores de la Liga de Béisbol Doble A Juvenil no se sobrecarguen y puedan continuar jugando de manera segura. Son medidas necesarias para prevenir lesiones y asegurar que los jugadores tengan una carrera larga y saludable en el béisbol”, expresó el presidente de la FBPR.
Lanzamientos y días de descanso:
1-40 – No hay días de descanso
41-55 – Un día de descanso
56-75 – Dos días de descanso
76-90 – Tres días de descanso
91-105 (límite máximo) – Cuatro días de descanso
En caso de violación a esta orden ejecutiva, se impondrán las siguientes sanciones:
– El juego o juegos en que el lanzador participó será confiscado a favor del equipo contrario.
– El dirigente que utilizó al lanzador quedará automáticamente suspendido por los próximos cuatro partidos de su equipo.
- El lanzador en cuestión no podrá participar en los próximos tres partidos de su equipo.